miércoles, 15 de julio de 2020

TERCER PERIODO (JULIO 14 AL 31)

IDEAS HERMOSAS PARA DIBUJAR TERCER PERIODO - Cómo marcar cuadernos ...

CONTABILIDAD
Qué son los Libros de Contabilidad? | Contador Profesional

HILO CONDUCTOR

¿Dónde hacer los registros contables? 

 

TÓPICO GENERATIVO

LIBROS CONTABLES

·         Soportes contables

·         Libro diario

·         Libro mayor

·          Libro de inventarios y balances

·         Libros auxiliares

 

 

META ESPECÍFICA

El estudiante reconocerá los libros como herramienta necesaria para lograr resultados contables confiables

 

DESEMPEÑOS

El estudiante reconoce los libros de contabilidad

El estudiante analiza como alimentar los datos en los libros contables

El estudiante elabora los libros contables

ADMINISTRACIÓN

4 lecciones de finanzas personales de los ultrarricos (que debería ...

HILO CONDUCTOR
¿Cúal es la importancia del área financiera en el desarrollo de  la empresa?
 

 

TÓPICO GENERATIVO

FINANZAS

       Concepto

       Funciones

       Control

 

 

META ESPECÍFICA

El estudiante determinará  la importancia   del  área financier

a y su importancia en el manejo de los recursos económicos,

 para alcanzar los objetivos empresariales.

 

DESEMPEÑOS

El estudiante conoce las funciones del área financiera y su importancia en la organización.
El estudiante reconoce los posibles campos de acción del área financiera dentro de la empresa.
El estudiante establece las políticas empresariales para el funcionamiento asertivo del área financiera.
 


ALGO PARA TENER EN CUENTA!!!!!

Lo que no estabas teniendo en cuenta en tus clase de Pilates pero ...

RÉGIMENES TRIBUTARIOS EN COLOMBIA


En Colombia existe una clasificación oficial para determinar a los responsables de recaudar el impuesto al valor agregado, es decir el IVA, y entregárselo a la máxima autoridad tributaria del país: la DIAN; el proceso de recaudo se hace por medio de las ventas cotidianas que un negocio realiza. Para que entiendas mejor este concepto y sus diferencias es necesario aclarar:

  • El nuevo término que hace referencia al régimen común y simplificado.
  • Las diferencias entre ambos.

La Ley 1943 de 2018 eliminó los términos régimen común y régimen simplificado del impuesto a las ventas y cambió la denominación para estos:

Régimen común: responsable del IVA

Régimen simplificado: no responsable del IVA

Esto quiere decir que si perteneces al régimen común ahora te denominas responsable del IVA y estas en la obligación de recaudar impuestos y facturar electrónicamente. Para que conozcas mejor las diferencias entre uno y otro a continuación te presentamos las características y obligaciones.

 

Características de los no responsables del IVA (régimen simplificado)

Únicamente las personas naturales que pertenecen al grupo de los no responsables del impuesto sobre las ventas son: comerciantes o artesanos minoristas, agricultores o ganaderos que realizan actividades gravadas y profesionales que prestan servicios gravados.

 

Estas personas deben cumplir a cabalidad los requisitos mencionados en el parágrafo 3 del artículo 437 del Estatuto Tributario:

 

  • Los ingresos brutos totales derivados de la actividad comercial del año anterior son menores a las 3500 UVT (unidades de valor tributario), suma que para 2019 equivale a $119.945.000;
  • Cuentan con solo una sede, local, establecimiento comercial, oficina o negocio para ejercer su profesión o actividad.
  • No desarrollan actividades bajo modelo de franquicia, concesión, regalía, autorización u otro sistema que involucre la explotación de activos intangibles en el lugar anteriormente mencionado;
  • No son usuarios aduaneros;
  • Durante el año en curso o el anterior no han firmado contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por valor igual o superior a las 3500 UVT, es decir $119.945.000 en el 2019, y que la suma de las consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras asociadas a su nombre y hechas durante el año en curso o el anterior no superan las 3500 UVT en su totalidad, es decir, $119.945.000  para el 2019.
  • No se encuentran registrados como contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación –SIMPLE.

Obligaciones legales de los no responsables del IVA

Las personas naturales no responsables del impuesto sobre las ventas deben:

 

  • Inscribirse en el RUT (registro único tributario).
  • Entregar una copia del documento en el que se pueda comprobar su pertenencia.
  • Mostrar en un lugar visible al público el certificado de inscripción al RUT en donde se expresa que pertenecen a este grupo.
  • Adicionalmente las personas que pertenecen a los no responsables del IVA están en la obligación de:
  •  
  • Entregar toda la información que les solicite la DIAN en caso de que lo haga.
  • En caso de que cesen las actividades comerciales, comunicárselo a la DIAN.

 

Características de los responsables del IVA (régimen común)

Dentro del grupo de responsables del IVA se encuentran quienes venden productos o servicios gravados con IVA, es decir:

Las personas jurídicas que comercializan productos o servicios que contienen IVA.

Personas naturales que incumplen uno o varios de los requisitos para pertenecer al grupo de los no responsables del IVA.

Usuarios aduaneros cuyas labores comerciales se relacionen con actividades gravadas con IVA.

Obligaciones de los responsables del IVA (régimen común)

  • Recaudar el IVA, reportarlo y entregar el dinero a la DIAN.
  • Inscribirse en el registro mercantil.
  • Para los comerciantes, llevar contabilidad.
  • Inscribirse en el RUT o hacer la actualización en caso de haber pertenecido al grupo de los no responsables del IVA.
  • Presentar declaración de renta a la DIAN.
  • Expedir factura electrónica de acuerdo al calendario establecido en la Resolución 000064 de 2019.

Caracteristicas de los grandes contribuyentes

Mediante estudio técnico se verifica que contribuyentes, a nivel nacional, cumple por lo menos uno de los siguientes 9 requisitos:

1.  Que las propiedades, planta y equipo, propiedades de inversión o activos No Corrientes Mantenidos para la Venta (ANCMV) informados en la declaración del impuesto de renta y complementario o de ingresos y patrimonio del año gravable anterior a la calificación, sean superiores a 3.000.000 Unidades de Valor Tributario (UVT).

2. Que el patrimonio líquido informado en la declaración del impuesto de renta y complementario o de ingresos y patrimonio del año gravable anterior a la calificación sea superior a 3.000.000 Unidades de Valor Tributario (UVT).

3. Que los ingresos brutos informados en la declaración del impuesto de renta y complementario o de ingresos y patrimonio del año gravable anterior del año a la calificación sean superiores a 2.000.000 Unidades de Valor Tributario (UVT).

4. Que el valor del total del impuesto informado en la declaración del impuesto de renta y complementario o de ingresos y patrimonio del año gravable anterior a la calificación sea superior a 50.000 Unidades de Valor Tributario (UVT).

5. Que el total de retenciones informadas en las declaraciones mensuales de retención en la fuente del año gravable anterior a la calificación, sea superior a 300.000 Unidades de Valor Tributario (UVT).

6. Que el total del impuesto generado por operaciones gravadas informadas en las declaraciones del impuesto sobre las Ventas – IVA del año gravable anterior a la calificación, sea superior a 250.000 Unidades de Valor Tributario (UVT).

7. Que el total del impuesto generado por operaciones gravadas informadas en las declaraciones del Impuesto Nacional al Consumo del año gravable anterior a la calificación, sea superior a 100.000 Unidades de Valor Tributario (UVT).

8. Que el valor CIF de las importaciones del año gravable anterior a la calificación sea superior a 10.000.000 de dólares de Norteamérica.

9. Que el valor FOB de las exportaciones del año gravable anterior a la calificación sea superior a 10.000.000 de dólares de Norteamérica.



ACTIVIDAD EN CLASE
8A (Julio 28 ) 8B (Julio 16 ) 8C(Julio 17)  

Elabora un mapa mental con las carcterísticas y obligaciones de los régimenes tributarios colombianos.

RETENCIÓN EN LA FUENTE




Contrario el concepto popular, la retención en la fuente no es ningún impuesto, sino que es el simple cobro anticipado de un determinado impuesto que bien puede ser el impuesto de renta, a las ventas o de industria y comercio.

 

Los impuestos son periódicos, ya sea mensual, bimestral, anual, etc., por lo que el estado, necesitado de dinero diariamente recurre a la retención el impuesto en la fuente que lo genera (compra, prestación del servicio), y de esa forma recauda anticipadamente parte del impuesto.

 

Elementos de la retención en la fuente.

La retención en la fuente tiene una serie de elementos que señalamos a continuación.

 

Sujeto pasivo de la retención.

El sujeto pasivo es la persona o la empresa a quien se le hace el pago y quien es objeto de la retención. Es la persona que hace la venta o presta el servicio que genera el ingreso, y por tanto es quien debe pagar el impuesto correspondiente, en este caso, de forma anticipada.

 

Agente de retención.

Es la persona o empresa que aplica o practica la retención. Es quien realiza el pago y se convierte en recaudador el impuesto mediante la retención en la fuente, de manera que cuando hace el pago al proveedor no le entrega el 100% del valor de la operación, debido a que debe retenerle un porcentaje con destino a las arcas del estado.

  

Retención a efectuar.

Es el nombre con que se conoce a al hecho económico u operación económica realizada que da origen a la retención porque está sometida a ello. Por ejemplo, si hacemos una compra, hablamos de la retención en la fuente por compras, y si contratamos a alguien para que nos preste un servicio, hablamos entonces de la retención en la fuente por servicios.

 

Tarifa de retención.

La tarifa de retención es el porcentaje que se le aplica al valor de la operación o a la base sujeta a retención para determinar el monto o valor que se ha de retener. La tarifa difiere según el concepto y son valores que el gobierno a determinado previamente. En el siguiente link econtrarás la tabla de retención en la fuente para el año 2020

TABLA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE2020

 

Base de retención.

La base de retención es el valor sobre el cual se aplica la tarifa de retención, es decir, el porcentaje correspondiente. Por ejemplo, si el valor de la compra es de $1.000.000, esa será la base, pero hay casos particulares en que a base se ajusta o depura, de manera que esa base resulta inferior al valor de la operación por cuanto de ella se deben detraer ciertos conceptos y valores.

Adicionalmente, hay ciertos conceptos que tienen bases mínimas de manera que si el valor de la operación no alcanza ese monto mínimo no se aplica retención.

 

Obligaciones relacionadas con la retención en la fuente.

Existen una serie de obligaciones respecto a la retención en la fuente, entre las que tenemos:

  • Declarar los valores retenidos
  • Pagar los valores retenidos y declarados
  • Certificar los valores retenidos
  • Responder por los valores dejados de retener estando obligado a ello.
Tomado de: www.gerencie.com





ACTIVIDAD EN CLASE
8A (Julio 28 y Agosto 4) 8B (Julio 16 y 23)         8C(Julio 17 y 24)  

Elabora un intructivo, paso a paso, de cómo liquidar la retención en la fuente

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                      


No hay comentarios:

Publicar un comentario

CUESTIONARIO NIVELACIÓN SEGUNDO SEMESTRE 2020

  LICEO ANTONIO DE TOLEDO “Forjadores del futuro” NIVELACIÓN IISEMESTRE 2020 GRAD...